Desdeel 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se ha equiparado con el trabajo a tiempo completo a efectos del c贸mputo de los per铆odos de cotizaci贸n necesarios para el reconocimiento de las pensiones de jubilaci贸n, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor.
Laempresa, adem谩s de establecer en contrato la distribuci贸n de la jornada, deber谩 llevar un registro del n煤mero de horas que realiza el trabajador a tiempo parcial. Adem谩s, est谩 obligada a entregar al trabajador una copia de dicho registro, mensualmente, junto a la n贸mina. En dicho c贸mputo, deber谩n reflejarse tanto las horasElcontrato a tiempo parcial es aquel que tiene una jornada inferior a la normal en la empresa o a la establecida en el Convenio Colectivo de aplicaci贸n.. El contrato a tiempo parcial puede ser indefinido o temporal, en los casos que lo permite la ley, y su cotizaci贸n es pr谩cticamente proporcional a la jornada de trabajo, de manera
Adem谩s en lo referente a los contratos a jornada parcial, el art铆culo 12. 4 c) del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a registrar la jornada de los trabajadores a tiempo parcial diariamente y se totalizar谩 mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, . 55 141 367 105 254 75 294 284 80